
En el marco de D.S. N° 132/2002, colaboradores de Mina Subterránea 21 de Mayo de Compañía Minera San Gerónimo reciben capacitación y Entrenamiento.
Participan de estas actividades todos los colaboradores de turno con presencia activa de Supervisión, Administración y Comité Paritario de Faena Mina 21.
Las acciones realizadas en esta semana incluyeron:
- Difusión de Procedimiento de Emergencia en Caso de Incendio Mina Subterránea.
- Entrenamiento de Uso y Manejo de Extintores al Tercer Grupo de Colaboradores del Equipo de la Superintendencia de Mina 21.
Evidencia fotográfica del trabajo en terreno:
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Recordemos un poco de lo que especifica el D.S. N° 132/2002 REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA, en su capítulo octavo:
Prevención y Control de Incendio
Artículo 196 La Administración de toda faena minera, deberá adoptar las medidas de prevención y control de incendios, tendientes a resguardar la integridad de las personas, equipos e instalaciones. En la elaboración y construcción de los proyectos, como también, en las operaciones, se deberán considerar las disposiciones contenidas en las normas nacionales e internacionales reconocidas, en lo que le sea aplicable. Entre otras medidas, se deberá considerar:
- a) Contar con los elementos e instalaciones de detección y extinción de incendios.
- b) Disponer de la inspección y mantención permanente de estos elementos.
- c) Desarrollar e implementar un programa de entrenamiento para su personal en técnicas de prevención y control de incendios. D.S. Nº 132 – MINISTERIO DE MINERÍA – Publicado el 7 de febrero de 2004.
- d) Organizar y entrenar brigadas bomberiles industriales y de rescate minero.
- e) Dictar normas de almacenamiento, uso, manejo y transporte de líquidos combustibles e inflamables y sustancias peligrosas.
f ) Mantener registro de comportamiento de los sistemas de ventilación frente a una emergencia. Las brigadas antes mencionadas deberán además estar capacitadas en técnicas de primeros auxilios.
Artículo 197 Para afrontar situaciones de emergencia ante la ocurrencia de incendio, en toda mina subterránea se deberá:
- a) Elaborar un procedimiento de evacuación del personal de la mina.
- b) Establecer sistemas efectivos de control de ingresos y salidas del personal de la mina.
- c) Contar con los sistemas de alarma que se requieran. d) Dotar de equipos auxiliares de rescate y refugios señalizados. e) Efectuar programas de simulacros de emergencia a lo menos una vez al año, para todo el personal de la mina.