¡#RespetaLos50! Este sábado 4 de Agosto 2018, fue publicada la modificación en el Diario Oficial que rebaja la velocidad desde 60 a 50 km/h para zonas urbanas, por lo tanto independiente de las señaléticas se encuentra totalmente activa y la multa por trasgredir dicha normativa puede llegar a los $141.000.-
Algunos municipios aún no cambian señalética, sin embargo es importante tome en consideración que las Municipalidades del país tendrán un plazo hasta el 1 de octubre para esa modificación, no obstante, la fiscalización esta considerando la Ley no la señalética.
Desde Carabineros, realizaron un llamado a estar atentos porque y respetar la normativa pues ya se ha iniciado fiscalización con pistolas radar o láser.
En lo central, la normativa disminuye el límite máximo de velocidad de vehículos de menos de 3.860 kilogramos de peso bruto vehicular y de motocicletas en zonas urbanas, desde 60 a 50 kilómetros por hora.
Según se explicó en el debate, al cual concurrió la ministra de Transportes, Gloria Hutt, esta modificación a la Ley de Tránsito viene a corregir una inconsistencia presentada en la tramitación del proyecto de ley que incorporó disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte y que obliga a los ciclistas mayores de 14 años usar la calzada y no la vereda.
De acuerdo a lo expresado por la ministra, esta reducción de velocidad «apunta a equilibrar una condición que fue establecida en una ley aprobada recientemente de convivencia de modos. En esa ley queda consignado que los ciclistas deben utilizar la calzada junto con los autos».
Hutt remarcó que «está comprobado por abundantes estudios que una baja de velocidad de 10 kilómetros por hora reduce significativamente la probabilidad de morir en un impacto de un auto a un ciclista» (Ver imagen en Twitter)