Los colaboradores que están en cargos que requieren licencias especiales otorgadas por autoridades externas a la compañía como por ejemplo: de conducción clase D, manipulador de explosivo y etc., deberán portar diariamente sus licencias, que podrán ser solicitadas por las jefaturas, comités paritarios, prevencionistas de riesgo y guardias de control de acceso. Quienes no porten su licencia no podrán operar los equipos o efectuar trabajos y en virtud del dictamen de la Dirección del trabajo se descontaran de las remuneraciones los días no trabajados
RESUMEN DE DICTAMENORD.: Nº 3175/237Resulta procedente que la Empresa, descuente a los choferes de su dependencia las remuneraciones correspondientes a los días no laborados como consecuencia de la suspensión de su licencia de conducir, sólo en el evento que este hecho sea imputable al trabajador.
A los colaboradores que tengan sus licencias vencidas los invitamos a poner al día sus documentos desde el día 1 de Julio próximo controlaremos esta situación y aplicaremos lo establecido en el dictamen.
